Testamento
Es el acto jurídico por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o de parte de ellos. Cuando una persona muere sin dejar testamento se dice que ha fallecido abintestato.
El patrimonio relicto comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona, que no se extingan por su muerte. El testador puede disponer de sus bienes por herencia ( a título universal ) o por legado (a título partícular).
Pueden testar todos aquellos a quienes la Ley no lo prohíbe expresamente. Siempre que el demente pretenda hacer testamento en un intervalo lúcido, designará el Notario dos facultativos que previamente le reconozcan, y no lo otorgará sino cuando éstos respondan de su capacidad, debiendo dar fe de su dictamen en el testamento, que suscribirán los facultativos además de los testigos.
Véase también : sucesión mortis causa.